Normas Oficiales Mexicanas (NOM), Unidad de Inspección Acreditada

Guía de uso y Aplicación de la NOM-050-SCFI-2004 para Importadores y Agentes Aduanales

Guía de uso y Aplicación de la NOM-050-SCFI-2004 para Importadores y Agentes Aduanales

La Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004 tiene como objetivo establecer las especificaciones y características que deben contener las etiquetas y/o instructivos de los productos preenvasados para informar a los consumidores sobre su contenido, uso adecuado, manejo y seguridad. Esta normativa es esencial para garantizar la transparencia en la información comercial y salvaguardar los derechos y seguridad de los consumidores en México. En esta guía para Importadores y Agentes Aduanales en la que abordamos los puntos más importantes de uso y aplicación de la NOM-050-SCFI-2004.

Cumplimiento Legal de la NOM-050-SCFI-2004

El cumplimiento de la NOM-050-SCFI-2004 es un requisito legal para la comercialización de productos preenvasados en territorio mexicano y su observancia es esencial para evitar sanciones y asegurar la entrada exitosa de productos al mercado mexicano.

La Norma Oficial Mexicana, busca proteger a los consumidores al proporcionar información clara y precisa sobre los productos que adquieren. Los importadores y agentes aduanales son los encargados en garantizar que los productos importados cumplan con los estándares de información y seguridad establecidos por esta Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004.

Todos los importadores y agentes aduanales que gestionan la entrada de productos preenvasados a México deben cumplir con la NOM-050-SCFI-2004. Algunos de estos Productos, son regulados con otra o varias NOM específicas además de esta. El incumplimiento puede resultar en la retención de productos en la aduana, multas y otras consecuencias legales.

Por otra parte, los beneficios que reciben los fabricantes, dueños de las marcas o responsables de producto al preocuparse por estos cumplimientos son:

  • Acceso al Mercado: Cumplir con la normativa facilita la entrada de productos al mercado mexicanoy4 cadenas comerciales, multiplicando las posibilidades de punto de venta.
  • Confianza del Consumidor: Los productos que cumplen con las normativas inspiran confianza en los consumidores al proporcionar información clara y precisa.
  • Evitar Sanciones por parte de las Autoridades: Cumplir con la NOM-050-SCFI-2004 ayuda a evitar sanciones legales, problemas en la cadena de distribución, retenciones o denuncias por publicidad engañosa.

Alcance y Exclusiones

La Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004 Es una NOM de Información Comercial que establece requisitos específicos para diversos productos preenvasados, asegurando la protección del consumidor y la promoción de prácticas comerciales justas. Los productos sujetos a esta norma incluyen, pero no se limitan a:

  • Alimentos y Bebidas envasados que además deban cumplir con las especificaciones de Información Comercial y sanitarias de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010.
  • Productos Textiles, prendas de vestir y ropa de casa que además deban cumplir con Información comercial y etiquetado de la NOM-004-SE-2021.
  • Productos Electrónicos y Electrodomésticos que además deban cumplir con Información comercial para empaques de la NOM-024-SCFI-2013.
  • Juguetes y Artículos Recreativos que deban cumplir con Información comercial y etiquetado de la NOM-015-SCFI-2007 o deban tener las certificaciones de Seguridad por parte de un Organismo Certificador de Producto.
  • Cosméticos y productos de cuidado personal que además de esta NOM, deban cumplir con Información comercial y etiquetado sanitario de la NOM-141-SSA1/SCFI-2012
  • Artículos de aseo y limpieza cuya NOM de Información comercial y etiquetado sanitario de la NOM-189-SSA1/SCFI-2018

A pesar de la amplitud de su alcance, esta norma excluye ciertos productos. Tanto agentes Aduanales como importadores deben tener estos datos en cuenta, ya que pueden estar sujetos únicamente a normativas específicas alternativas a la NOM-050-SCFI-2004. Estas exclusiones comprenden, entre otros:

  • Medicamentos y Productos Sanitarios
  • Productos Agrícolas sin Procesar o de venta a granel:
  • Materiales de Construcción:
  • Vehículos y Maquinaria:

Para este tipo de productos excluidos, se insta a los importadores y agentes aduanales a verificar normativas complementarias que podrían aplicar. Por ejemplo, los productos farmacéuticos deben cumplir con regulaciones sanitarias específicas, y los vehículos pueden requerir conformidad con normas de seguridad y emisiones.

El conocimiento preciso de la aplicación y exclusiones de la NOM-050-SCFI-2004 es fundamental para determinar la ruta de certificación y cumplimiento más apropiada para cada categoría de producto.

Requisitos Generales para el etiquetado

Los requisitos generales establecidos en la NOM-050-SCFI-2004 abarcan la información comercial, los aspectos lingüísticos y terminológicos, así como las directrices para el etiquetado de productos. Estos elementos aseguran la adecuada comunicación de información esencial al consumidor.

Los elementos que deben aparecer en el etiquetado, ya sea en la cara principal de tu producto, mencionada en la NOM como “superficie principal de exhibición (SPE)” o en la zona de información de tu empaque conocida como “superficie de información (SI)” son los siguientes:

Información Comercial del Etiquetado

  • Nombre o Denominación Genérica del Producto: La manera en la que se le conoce coloquialmente a tu producto, de forma clara, fácilmente legible y que no incite al error. El público debe saber exactamente lo que es.
  • Indicación de Cantidad según la NOM-030-SCFI-1993: Se debe especificar la cantidad del producto de acuerdo con las disposiciones de la NOM-030-SCFI-1993. Según las unidades de medida, en el tamaño adecuado según la proporción de Superficie Principal de Exhibición de tu producto.
  • Información del Fabricante o Importador: La identificación del fabricante o importador es crucial. Debe incluirse el nombre o razón social, dirección completa y, cuando aplique, el número de registro sanitario.
  • País de Origen: Es necesario indicar el país de origen de fabricación del producto. Independiente al país de origen de la marca.
  • Advertencias de Riesgos para Productos Peligrosos: Cuando el producto represente riesgos para la salud o seguridad, se deben incluir advertencias claras y comprensibles.
  • Instrucciones de Uso cuando Necesario: En caso de productos que requieran instrucciones específicas para un uso seguro, estas deben proporcionarse de manera clara y comprensible.
  • Fecha de Caducidad o Consumo Preferente: Si aplica, la fecha de caducidad o consumo preferente debe estar claramente visible.

Idioma y Términos

Expresión en Idioma Español: Toda la información debe expresarse en idioma español de forma predominante. Según lo indica el cumplimiento con las Normas NOM-008-SCFI y NOM-030-SCFI en cuanto a contenido, formato y presentación.

Tamaño y Legibilidad de la Información que la información sea legible, con un tamaño de letra adecuado y contrastante con el fondo.

Etiquetado

  • Colocación en la Superficie Principal de Exhibición: La etiqueta con la Denominación del Producto, marca y Contenido Neto, debe colocarse en la superficie principal de exhibición del producto para una fácil identificación.
  • Consideraciones para Envases Múltiples o Colectivos: En caso de envases múltiples, cada envase individual debe cumplir con los requisitos de la esta NOM y la norma específica que lo regule.

Instructivos y Garantías

En lo relacionado a los requisitos de la Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCFI-2004 relacionados con instructivos y garantías. Proporcionaremos estrategias prácticas para cumplir con éxito con estos estándares, asegurando productos importados con información clara y completa.

Idioma

  • Todos los instructivos y garantías deben estar redactados en español de manera clara y comprensible.
  • Se deben evitar tecnicismos innecesarios para asegurar la comprensión por parte del consumidor medio.
  • En el caso de productos técnicos o especializados, se puede incluir un glosario de términos para facilitar la interpretación.

Contenido

  • Todos los productos sujetos a la NOM-050-SCFI-2004 que requieran instrucciones para un uso seguro y adecuado deben incluir un manual de operación.
  • El manual debe contener información detallada sobre la instalación, operación, mantenimiento y, si aplica, reparación del producto.
  • Se deben proporcionar instrucciones claras y paso a paso, con gráficos o ilustraciones si es necesario para facilitar la comprensión.

Requisitos específicos para productos con necesidades de instrucciones:

  • En el caso de productos que representen riesgos particulares o que requieran precauciones especiales, se debe prestar especial atención a la claridad de las instrucciones.
  • Se deben incluir advertencias prominentes sobre posibles riesgos y cómo evitarlos.
  • En el caso de productos que puedan ser peligrosos para ciertos grupos (niños, personas con alergias, etc.), se deben proporcionar instrucciones específicas para esos casos.

Contenido y formato de garantías:

  • Las garantías deben especificar claramente los derechos y obligaciones del consumidor y del fabricante o importador.
  • Se deben detallar los plazos de garantía, las condiciones para hacer valer la garantía y los pasos a seguir en caso de reclamación.
  • El formato de la garantía debe ser legible y accesible, y se debe incluir en el embalaje del producto o de manera adjunta al producto.

Entrega al Consumidor

  • Los importadores y agentes aduanales deben asegurarse de que los instructivos y garantías acompañen al producto y estén disponibles para el consumidor final.
  • Se recomienda que la entrega de estos documentos se realice de manera clara en el punto de venta, ya sea físico o en línea.
  • Se puede considerar la inclusión de resúmenes o instrucciones abreviadas en el embalaje para resaltar los puntos clave.
  • En casos de productos complejos, se pueden proporcionar servicios de asistencia al cliente para aclarar dudas o consultas sobre el uso adecuado y las garantías.

Proceso de Certificación y Cumplimiento

La certificación y el cumplimiento de la NOM-050-SCFI-2004 son pasos cruciales para importadores y agentes aduanales que deseen comercializar productos preenvasados en México. A continuación, se detalla el proceso detallado para garantizar el cumplimiento con esta normativa:

Identificación de Productos Sujetos a Certificación

  • Evaluación de la Merceología del Producto:

Antes de iniciar el proceso de certificación, es fundamental evaluar la naturaleza del producto importado, su merceología.  La merceología se refiere al estudio y la clasificación de las mercancías o productos según sus características, propiedades y usos. Esta disciplina busca establecer una sistemática de clasificación que facilite la identificación y descripción precisa de los productos, asegurando un entendimiento común entre los diferentes actores involucrados en la cadena de suministro, la regulación y el comercio. La normativa aplica a productos específicos, y esta evaluación inicial determinará si se encuentra dentro del alcance de la NOM-050-SCFI-2004.

  • Consulta de Normas Específicas Aplicables además de la NOM-050-SCFI-2004:

En algunos casos, puede ser necesario consultar Normas Oficiales Mexicanas específicas relacionadas con el producto. Un ejemplo sería un jugo Tetrapak. Este, al ser un producto preenvasado, se vuelve sujeto a la NOM-050-SCFI-2004, sin embargo, al tratarse de una bebida no alcohólica, requiere a su vez certificar su Información comercial y especificaciones en la NOM-051-SCFI/SSA1-2010. Por último, al ser un jugo, debe cumplir con las especificaciones e información comercial de la NOM-173-SE-2021.

Las Unidades de Inspección de Información Comercial te pueden proporcionar información detallada sobre las regulaciones que se aplican a categorías particulares de productos. Así como certificar el empaque o etiquetado de tu producto.

Evaluación de Cumplimiento de la NOM-050-SCFI-2004 para Importadores y Agentes Aduanales

  • Revisión de Etiquetas e Información Comercial:

Se debe realizar una revisión exhaustiva de las etiquetas de los productos importados. La información comercial, como el nombre del producto, país de origen, advertencias y fecha de caducidad, debe cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.

  • Confirmación de Inclusión de Instructivos y Garantías:

Para productos que requieren instrucciones de uso o garantías, es esencial confirmar que estos documentos estén incluidos y cumplen con los estándares establecidos por la NOM-050-SCFI-2004.

  • Validación del Idioma y Términos Utilizados:

La normativa exige que toda la información esté expresada en español. Además, se deben seguir las directrices establecidas por las normas NOM-008-SCFI y NOM-030-SCFI. La validación del idioma y los términos utilizados en la documentación es esencial para cumplir con estos requisitos.

En aquellos casos en los que el producto de importación tenga su empaque de origen en inglés, las autoridades mexicanas permiten la adición de una etiqueta blanca al enmpaque original, de tamaño proporcional al producto que mencione la información comercial del producto que requiere según las NOM.

Obtención de Certificación de NOM-050-SCFI-2004 para Importadores y Agentes Aduanales

  • Solicitud y Trámite Ante Autoridades Competentes:

El importador o agente aduanal debe presentar una solicitud de certificación ante la Unidad de Inspección de información Comercial que prefiera. Este trámite puede variar según el tipo de producto y la jurisdicción, por lo que es fundamental seguir los procedimientos específicos establecidos por la autoridad correspondiente.

  • Proceso de Verificación y Aprobación:

Las autoridades llevarán a cabo un proceso de inspección para asegurar el cumplimiento de la normativa. Este proceso puede incluir inspecciones de tu producto y revisiones de documentación. Una vez que se haya verificado el cumplimiento, se otorgará la certificación correspondiente, ya sea dictamen de Cumplimiento o Constancia de Conformidad.

  • Recepción del Certificado y Plazos de Validez:

Una vez aprobada la certificación, el importador o agente aduanal recibirá el certificado correspondiente. Es importante estar al tanto de los plazos de validez de la certificación y tomar las medidas necesarias para renovarla o actualizarla en caso necesario.

Conclusión:

Al seguir los pasos detallados en esta guía, los profesionales del comercio exterior podrán identificar de manera precisa los productos sujetos a certificación, comprender los requisitos específicos de etiquetado, instructivos y garantías, y navegar eficientemente a través del proceso de obtención de certificación.

El cumplimiento riguroso de la NOM-050-SCFI-2004 no solo responde a una obligación legal para Importadores y Agentes Aduanales, sino que también constituye un elemento fundamental para la protección del consumidor y la construcción de una reputación positiva en el mercado mexicano. La transparencia y la información precisa en la comercialización de productos no solo fortalecen la confianza del consumidor, sino que también pueden tener un impacto directo en el éxito comercial a largo plazo.

Esta guía busca empoderar a los importadores y agentes aduanales, proporcionándoles un recurso integral que les permita no solo cumplir con los requisitos normativos, sino también destacarse en la calidad y seguridad de los productos que introducen al mercado mexicano. La colaboración con las Unidades de Inspeccion, la diligencia en la documentación y el compromiso con prácticas comerciales éticas son elementos esenciales para garantizar el éxito sostenible en el complejo entorno del comercio internacional en México.

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