Normas Oficiales Mexicanas (NOM)

Lo que debes saber de la NOM-189-SSA1/SCFI-2018

Imágen alusiva a la NOM 189 SSA1 SCFI 2018 información comercial de productos de aseo doméstico

Muy buenos días, el día de hoy nos complace hablarte de la NOM-189-SSA1/SCFI-2018. Esta Norma Oficial Mexicana regula la información comercial de los productos de aseo de uso doméstico, es decir, que se emplea para la limpieza lo vas a encontrar contemplado en esta norma. Y en ese sentido, se hará la vigilancia tanto a nivel sanitario como a nivel información comercial.

Les hacemos llegar un cordial saludo de parte de todos los que conformamos NOMVERIFY MÉXICO.

¿Qué referencias normativas tiene la Norma de productos de aseo doméstico NOM-189-SSA1/SCFI-2018?

Esta norma se complementa de las siguientes normas:

  • Norma Oficial Mexicana NOM-002-SCFI-2011, Productos preenvasados-Contenido neto-Tolerancias y métodos de verificación.
  • Norma Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida.
  • Norma Oficial Mexicana NOM-030-SCFI-2006, Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

Algunas de estas normas ya se platicaron con anterioridad en otros blogs que puede consultar cuando quieran y para mejor entendimiento por estos medios que NOMVERIFY pone a tu disposición.

Definiciones claves para el entendimiento de la NOM-189-SSA1/SCFI-2018

  • Producto de aseo de uso doméstico

E aquel cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y en hospitales excepto las áreas blancas (por ejemplo: quirófano, áreas de recuperación, enfermería), entre otros.

  • Productos de aseo

aquellos con una sustancia o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás de naturaleza análoga que determine la Secretaría.

  • Denominación genérica.

al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se pueden ordenar.

  • Envase resistente a niños

al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños menores de cinco años.

  • Producto corrosivo

aquel que, en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

  • Coadyuvante o ayudas de procesos

al componente complementario que confiere propiedades no relacionadas con la acción principal del producto, agregados para facilitar el proceso de fabricación y garantizar la estabilidad del producto, sin tener efecto o acción sobre las propiedades funcionales del mismo y que no confieren ningún riesgo a la salud o al medio ambiente.

  • Envase presurizado

al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto.

  • Producto tóxico

aquellos que en estado sólido, líquido o gaseoso y que, en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

  • Superficie principal de exhibición

aquella área donde se encuentra la denominación genérica o, en su caso, específica y la marca comercial del producto.

 Clasificación de los productos según la Norma de productos de aseo doméstico NOM-189-SSA1/SCFI-2018

  • Productos especiales para textiles.
  • Productos multifuncionales.
  • Productos para desobstruir conductos sanitarios.
  • Productos aromatizantes y otros de control de olores;
  • Productos para la limpieza, y
  • Productos para protección o acabado lustroso y otros que determine la Secretaría.

Requisitos de etiquetado sanitario

Para el tema de etiquetado sanitario se comprenden los siguientes rubros:

  • Denominación genérica y específica del producto
  • Responsable del producto
  • Declaración de la lista de ingredientes
  • Instrucciones de uso
  • Declaración del lote
  • Leyendas precautorias

Requisitos de etiquetado comercial

  • Denominación genérica o en su caso denominación específica y marca comercial.
  • País de origen.
  • Indicación de cantidad conforme a la NOM-030-SCFI-2006 Y NOM-008-SCFI-2002.

Especificaciones generales

Para los productos que estén en envases múltiples o colectivos, cuando menos deben de presentar la información siguiente:

  • Marca
  • Denominación del producto
  • Indicación de cantidad

Esto a reserva de que el material de la presentación individual se pueda ver sin problema, ya no será necesario complementar con los puntos anteriores.

Cuando los productos que vengan en envases múltiples o colectivos y sean para una solo aplicación deberán tener toda la información contenida en la norma, además de sus instrucciones referentes al envase para su conservación hasta agotar el producto y la leyenda de “no etiquetado para su venta individual”.

Para lo productos muestra será solo necesaria la denominación genérica y en su caso especifica, los datos del responsable del producto, instrucciones de uso, leyendas precautorias, contenido neto y lote.

Recuerden que como en toda norma oficial mexicana la etiqueta debe de venir fijada de tal manera que permanezca disponible durante el uso normal del producto.

 Los requisitos de envasado

Si los productos a comercializar representan un riesgo tóxico, corrosivo o inflamable deben de contener dispositivos de seguridad para que no pueda ser abierto por infantes y si estos productos son aromatizantes sólidos o pastillas desodorantes deben de contar con envases primarios que de igual forma no permitan la fácil apertura para niños o contar con un envase secundario.

¿Cómo se debe presentar la información en el etiquetado según la Norma de productos de aseo doméstico NOM-189-SSA1/SCFI-2018?

Se debe de presentar con caracteres claros, visibles, y fáciles de leer por el consumidor, en idioma español independiente de que venga en otro idioma, cuidando que los caracteres sean de igual tamaño, proporcionalidad y tipografía a aquellos que vienen en otros idiomas, tanto para los productos como las muestras, para el tema de los términos champú y spray se puede utilizar, aunque vengan en inglés.

 

¡Agradeciendo tu amable atención, te esperamos en la próxima!

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