Registros Sanitarios

¿Cuándo y Cómo Dar de Baja tu Aviso de Funcionamiento ante COFEPRIS?

Cerrar temporal o definitivamente un negocio es un proceso que conlleva varios trámites, especialmente si tu establecimiento requirió un Aviso de funcionamiento ante la COFEPRIS. Para evitar problemas legales, es fundamental dar de baja este aviso cuando suspendas tus actividades. En este artículo, te explicamos cuándo y cómo hacerlo.

En ocasiones, algunos negocios deben suspender actividades por diversas razones. Esto puede ser porque van a cambiar de domicilio, o incluso porque cerrarán definitivamente.

En los casos en los que los establecimientos requirieron tramitar en su momento un Aviso de funcionamiento para operar las cosas no se pueden dejar solo a la deriva. Son en estos cases, cuando suspenden actividades, que los propietarios deben notificar de este suceso a la COFEPRIS. Dicha notificación se realiza a través de la baja de Aviso de funcionamiento.

¿Cuándo debo dar de baja mi Aviso de funcionamiento?

Las razones para dar de baja un establecimiento son diversas. Un ejemplo es, cuando cambiamos de domicilio de establecimiento, o cuando en un espacio físico ya no llevaremos a cabo las actividades previamente notificadas. Así mismo cuando, tenemos que suspender de manera voluntaria la operación del establecimiento por un tiempo considerable o de manera permanente, debemos notificar dicha suspensión.

¿Qué requisitos necesito para dar de baja mi Aviso de funcionamiento?

La baja de Aviso de funcionamiento puede ser de manera temporal, o definitiva. En ambos casos, el trámite se realiza a través de la Plataforma de digitalización de trámites de la COFEPRIS (DIGIPRiS).

Cuando se requiere dar de baja un establecimiento de manera definitiva, es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) del dueño del establecimiento, para persona física, o la de la empresa y del representante legal, para persona moral. Además de la del responsable sanitario, para el caso de establecimientos (de personas físicas o morales) que cuenten con esta figura.

Para dar de baja de manera temporal el establecimiento, los requisitos son los mismos, en este caso, señalando el intervalo de tiempo en que no se llevarán a cabo actividades.

Es importante tener en cuenta que la e.firma debe encontrarse vigente para solicitar el trámite, de lo contrario, la plataforma no nos permitirá el acceso.

¿Qué pasa si no doy de baja mi Aviso de funcionamiento?

Cuando un establecimiento ya no realiza las actividades que en su momento notificó a la COFPERIS, pero no se da de baja el Aviso de funcionamiento, pueden surgir malentendidos.

El no dar de baja el establecimiento, ante la COFEPRIS, es seguir en operaciones. Es decir, si cambiamos de domicilio del establecimiento y damos de alta dicho espacio, pero no damos de baja el primero, es equivalente a tener dos establecimientos operando. De igual manera, si tenemos que suspender actividades en nuestro establecimiento, pero no lo notificamos a la Autoridad, ante ésta, nosotros seguimos realizándolas.

Otro tipo de posibles sanciones incluyen:

  • Las multas:

Las cuales varían dependiendo de la gravedad de la infracción y del riesgo que pueda representar la actividad no notificada.

  • Inspecciones sorpresa:

Si la empresa ya no cumple con las condiciones que originalmente se aprobaron en el aviso (por ejemplo, las instalaciones o el personal ya no están disponibles), se podría considerar una falta.

Ejemplo: Una empresa de alimentos que cesó operaciones y no notificó la baja del Aviso de Funcionamiento. Si las instalaciones ya no cumplen con los estándares de higiene o seguridad deacuerdo al aviso de funcionamiento que Cofepris tiene, podría enfrentarse a multas adicionales o incluso clausuras

  • Si no se notifica adecuadamente la baja:

Puede ser más complicado para el titular del Aviso de Funcionamiento obtener autorizaciones o permisos futuros con COFEPRIS, ya que esta falta puede quedar registrada y afectar su historial.

Hay que recordar que «tener en regla» un establecimiento que tenga impacto en la salud de tus clientes, es responsabilidad del propietario y del responsable sanitario. Así como debemos darlo de alta previo a iniciar operaciones, también es nuestra responsabilidad darlo de baja cuando ya no las llevaremos a cabo, independientemente de que sea de manera temporal o definitiva.

Si tienes dudas sobre si tu establecimiento está en regla o necesitas que un equipo de expertos gestione tus trámites sanitarios para asegurar su cumplimiento, contáctanos. En NOMVERIFY México, ofrecemos un servicio a la medida para garantizar el cumplimiento sanitario de tu establecimiento, mercancía y negocio

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *