Encender una vela, una parrilla, un cigarro o pipa con un encendedor o simplemente poderlo cargar en el bolsillo, son tareas cotidianas. Sin embargo, para garantizar que estos encendedores sean seguros ante accidentes, defectos o descuidos, deben cumplir con la Norma Oficial Mexicana de Seguridad NOM-090-SCFI-2014.
A continuación, te explicamos qué tipo de encendedores están amparados por la Norma Oficial Mexicana NOM-090-SCFI-2014 y cuáles son los requisitos esenciales de seguridad que deben cumplir.
¿Que es un encendedor según la NOM-090-SCFI-2014?
Es un artefacto operado manualmente que genera una flama. Para ser considerado portátil, el inicio de la flama debe estar situado a 50 mm o más de distancia de la válvula de salida del depósito de combustible cuando está en su posición completamente extendida. Este tipo de encendedores se utilizan principalmente para encender artículos como velas, chimeneas, parrillas de gas o carbón, entre otros.
Los encendedores, regulados por esta Norma Oficial Mexicana, se clasifican en dos tipos y deben requerir una o más acciones para generar la flama:
- Tipo 1: Encendedor recargable. Aquel cuyo depósito puede recibir transferencias de combustible desde un contenedor externo.
- Tipo 2: Encendedor desechable. Aquel que cuenta con un depósito de combustible que no está diseñado para ser recargado.
La Norma, define cuáles son los encendedores a los que se aplican las especificaciones y métodos de prueba necesarios. Es importante destacar que cualquier artículo que cumpla con una o más de las siguientes definiciones queda sujeto a las pruebas estipuladas en esta NOM.
En estas pruebas se evalúan aspectos como:
- Modo de generación de flama.
- Altura máxima y ajuste de la flama.
- Extinción de la flama.
- Desplazamiento volumétrico del combustible.
- Los acabados de seguridad.
- Compatibilidad del diseño con el combustible.
- Resistencia a la pérdida de combustible, golpes o caídas.
- Resistencia a temperaturas o presiones.
- Resistencia al encendido cíclico o continuo.
Al cumplir con estas especificaciones de seguridad, se asegura que los encendedores sean seguros y fiables para el uso cotidiano, minimizando los riesgos asociados a su operación y uso.
Alcance de los encendedores cubiertos por esta NOM
- Encendedores ajustables: provistos con mecanismos manuales para regular la altura de la flama.
- Encendedores a prueba de viento: Aquellos que cuentan con una guarda alrededor.Algunas veces llamada cubre flama o protector de viento.
- Encendedores autoextinguibles: Aquellos que requieren una acción continua del usuario para mantener la flama y al terminar esta acción, se apaga.
- Encendedor de gas: emplea como combustible hidrocarburos licuados como el n-butano, isobutano y propano, cuyas presiones manométricas de vapor a 24 °C excede 104 kPa.
- Encendedor de combustible líquido (gasolina): Aquel que cuenta con mecha expuesta, que emplea como combustible hidrocarburos líquidos como el hexano, cuyas presiones manométricas de vapor a 24 °C no excede 34,5 kPa.
- Encendedores de pipa: se caracterizan por un incremento automático en la altura de flama cuando está inclinado, diseñado específicamente para encender pipas.
- Encendedores no ajustables: Aquel que la altura de la flama está predeterminada por el fabricante.
- Encendedores no autoextinguibles: Aquellos que tras su ignición, la flama solo se extingue mediante una acción deliberada.
Es importante destacar que no todos los productos generadores de flama pueden ser considerados encendedores.
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Estos requisitos y métodos de prueba puedes encontrarlos de manera desglosada en la NOM publicada en el Diario oficial de la Federación o en una versión un poco más digerible en otros artículos que tenemos desarrollados en nuestro Blog. En nuestro sitio web tienes a tu disposición asesoría especializada a tus necesidades de operación así como artículos que te expliquen a fondo otros detalles de esta y muchas otras Normas Oficiales Mexicanas que te pueden ser de interés.
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