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México prohíbe el uso de Grasas Trans

México decreta nuevo artículo en la Ley general de salud que prohibe el uso de grasas trans aceite hidrogenado en alimentos, bebidas no alcohólicas, aceites y grasas comestibles,

¡Buen día a todos! En este artículo, nos gustaría compartir con ustedes la adición del artículo 216 bis a la Ley General de Salud en México, que establece la prohibición del uso de grasas trans en la elaboración de alimentos, bebidas no alcohólicas y aceites y grasas comestibles. También se establece un límite máximo del 2% de ácidos grasos trans de producción industrial en estos productos. En este sentido, les proporcionaremos más información sobre qué son las grasas trans, qué alimentos las contienen y cómo impactará esta nueva regulación en la industria alimentaria mexicana. ¡Sigan leyendo para conocer todos los detalles!

Para entender un poco más este artículo que se adiciona a esta ley, citare algunas definiciones.

Definiciones Importantes

  • Aceite vegetal parcialmente hidrogenado:

Grasa de origen vegetal que ha sufrido una reacción química de hidrogenación y que en nuestro organismo se comporta como grasa saturada, debido a que el hidrógeno, que actúa como catalizador, satura los enlaces insaturados del aceite y aumenta de esta forma su punto de fusión, Se satura el enlace insaturado y se produce la isomerización de los enlaces cis, que es la configuración de los dobles enlaces en las grasas naturales, a trans.

  • Grasa trans:

Tipo de grasa que tiene ciertas propiedades químicas y que, por lo general, se encuentra en alimentos procesados como los productos cocinados al horno, las meriendas, los alimentos fritos, la grasa para freír, la margarina y ciertos aceites vegetales. El consumo de grasa trans aumenta las concentraciones de colesterol en la sangre y el riesgo de padecer una cardiopatía.

Recuerden que este tipo de grasas son las más dañinas para el cuerpo y desarrollan por lo regular la diabetes tipo 2 y siempre es bueno que se sustituyan con otro alimento que cuente con grasas monoinsaturadas o poliinsaturadas.

Algunos alimentos que contienen grasas trans:

  • Alimentos congelados, como los canelones, las pizzas, el yogur helado o el helado.
  • Productos fritos o empanados, como las croquetas.
  • Aperitivos salados, como las patatas fritas.
  • Grasas sólidas como las margarinas y mantecas.
  • Bollería industrial.
  • Pasteles y tartas.
  • Comida rápida.
  • Sustitutos de crema no lácteos.

Nuevo artículo 216 bis a la Ley General de Salud en materia de grasas trans.

“Los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no alcohólicas, no podrán contener en su presentación para venta al público aceites parcialmente hidrogenados, conocidos como grasas trans, que hayan sido añadidos durante su proceso de elaboración industrial.

Los alimentos, bebidas no alcohólicas, aceites y grasas no podrán exceder dos partes de ácidos grasos trans de producción industrial por cada cien partes del total de ácidos grasos.

La Secretaría de Salud establecerá las bases de regulación para los ácidos grasos trans de producción industrial en los términos de este precepto.”

El pasado 24 de Marzo del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación la adición del artículo 216 bis a la Ley General de Salud, el cual indica que a los  6 meses entrará en vigor (20 de septiembre del presente año)

Impacto de adición en la ley General de Salud en los alimentos con grasas trans

El texto hace referencia a la prohibición por el artículo 216 bis a la Ley General de Salud en el uso de grasas trans para la elaboración de alimentos, bebidas no alcohólicas y aceites y grasas comestibles en México, y establece un límite máximo del 2% de ácidos grasos trans de producción industrial en estos productos. La regulación será supervisada por la Secretaría de Salud, COFEPRIS y PROFECO.

El texto también sugiere que las empresas que utilizan grasas trans en sus productos tendrán que reformular. Esto para poder cumplir con la nueva regulación y evitar inmovilizaciones o cuestionamientos en la vigilancia que se llevará a cabo posteriormente al 20 de septiembre. Te invitamos a contactar a expertos en el tema para obtener soluciones en cumplimiento de la regulación. NOMVERIFY como organización es una herramienta útil para los productores que se vean afectados por este decreto.

Este no ha sido el único decreto en materia general de salud, para conocer otros, puede consultar en este otro artículo.

Sigan leyéndonos para mantenerse al tanto del tema y de las implicaciones que pueda tener.

¡Excelente fin de semana!

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