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Actualización de las Reglas Generales de Comercio 2023

Actualización 2022 Reglas Generales de Comercio Exterior

Buenos días, estimado lector. El pasado 27 y 28 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación se emitieron las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior acompañadas de 3 actualizaciones en sus anexos 1, 2 y 13, de los cuales hablaremos el día de hoy para que tengan el contexto de los cambios realizados.

Anexo 1 Formatos y modelos de Comercio Exterior

Imagen que hace referencia a los formatos que se utilizan en el comercio exterior.

Básicamente en este anexo se encuentran todos los formatos para poder hacer cualquier tramite de comercio, enlisto algunos ejemplos:

  • Autorización de importación temporal
  • Autorización de rectificación de pedimentos
  • Aviso de exportación temporal
  • Solicitudes de clasificación arancelaria
  • Aviso de cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias omitidas

Entre otros, que pueden consultar en la siguiente liga del Diario Oficial de la Federación.

Anexo 2 Trámites de Comercio Exterior

Uno de los principales cambios que sufrió este anexo fue la eliminación del aviso de personal registrado ante el IMSS (22/LA) y en consecuencia la ficha para tramite número 149/LA correspondiente a la autorización para el traspaso de vehículos adquiridos en territorio nacional por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero este cambia y pasa a ser el 22/LA.

Anexo 13 Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento

Las principales cantidades que sufrieron cambio fueron las siguientes:

  • La pre validación sube de $240 a $290 por cada pedimento
  • Cuando no se pueda comprobar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias para vehículos las multas están de $6,640.00 a $ 16,570.00, cuando antes era de $5,740.00 a $14,320.00.
  • Si se excede los plazos para retorno de las mercancías de importación o internación, según el caso, la multa actualizada será de $2,670.00 a $4,030.00.
  • Para los datos inexactos, falsos u omitiendo cualquier dato la muta asciende a $2,330.00 a $3,310.00 por cada documento.
  • No presenten, trasmitan, omitan o lo hagan extemporáneamente, la información que compruebe el cumplimiento de las RRNA´s, la multa va de $3,990.00 a $6,680.00.
  • Cuando las multas que establece la ley esté relacionado con os impuestos al comercio exterior omitidos, con el valor aduana de las mercancías y no se pueda determinar el mismo la multa será de $80,220.00 a $106,970.00.

Me despido esperando que esta información haya enriquecido sus dudas respecto al tema.

¡Hasta la próxima amigos y amigas!

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