Buenos días, estimado lector. El pasado 27 y 28 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación se emitieron las nuevas Reglas Generales de Comercio Exterior acompañadas de 3 actualizaciones en sus anexos 1, 2 y 13, de los cuales hablaremos el día de hoy para que tengan el contexto de los cambios realizados.
Anexo 1 Formatos y modelos de Comercio Exterior
Básicamente en este anexo se encuentran todos los formatos para poder hacer cualquier tramite de comercio, enlisto algunos ejemplos:
- Autorización de importación temporal
- Autorización de rectificación de pedimentos
- Aviso de exportación temporal
- Solicitudes de clasificación arancelaria
- Aviso de cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias omitidas
Entre otros, que pueden consultar en la siguiente liga del Diario Oficial de la Federación.
Anexo 2 Trámites de Comercio Exterior
Uno de los principales cambios que sufrió este anexo fue la eliminación del aviso de personal registrado ante el IMSS (22/LA) y en consecuencia la ficha para tramite número 149/LA correspondiente a la autorización para el traspaso de vehículos adquiridos en territorio nacional por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero este cambia y pasa a ser el 22/LA.
Anexo 13 Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento
Las principales cantidades que sufrieron cambio fueron las siguientes:
- La pre validación sube de $240 a $290 por cada pedimento
- Cuando no se pueda comprobar el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias para vehículos las multas están de $6,640.00 a $ 16,570.00, cuando antes era de $5,740.00 a $14,320.00.
- Si se excede los plazos para retorno de las mercancías de importación o internación, según el caso, la multa actualizada será de $2,670.00 a $4,030.00.
- Para los datos inexactos, falsos u omitiendo cualquier dato la muta asciende a $2,330.00 a $3,310.00 por cada documento.
- No presenten, trasmitan, omitan o lo hagan extemporáneamente, la información que compruebe el cumplimiento de las RRNA´s, la multa va de $3,990.00 a $6,680.00.
- Cuando las multas que establece la ley esté relacionado con os impuestos al comercio exterior omitidos, con el valor aduana de las mercancías y no se pueda determinar el mismo la multa será de $80,220.00 a $106,970.00.
Me despido esperando que esta información haya enriquecido sus dudas respecto al tema.
¡Hasta la próxima amigos y amigas!
